Calculadora de Incapacidades Laborales 2025

Conoce en segundos cuánto recibirás por tu incapacidad según la ley colombiana.

Dos tipos: Enfermedad general (EPS) | Accidente laboral (ARL)

Instrucciones: Selecciona el tipo de incapacidad, ingresa tu salario y los días de incapacidad.

Gripe, infecciones, cirugías no laborales (Paga EPS)

Accidentes o enfermedades profesionales (Paga ARL)

Ingresa el valor de tu salario mensual

$
COP

¿Cuántos días de incapacidad te formularon?

Ingresa un valor entre 1 y 180 días

¿Cómo se Pagan las Incapacidades en Colombia?

Incapacidad por Enfermedad General

Cuando te incapacitas por una enfermedad general (gripe, infecciones, cirugías no relacionadas con el trabajo), el pago se distribuye así:

  • Días 1 y 2: No se pagan (asume el empleador o el trabajador)
  • Día 3: Se paga el 66.67% del salario diario (paga el empleador)
  • Día 4 en adelante: Se paga el 50% del salario diario (paga la EPS)

Importante: A partir del día 4, es la EPS quien debe realizar el pago. El empleador debe tramitar la incapacidad ante la EPS.

Incapacidad por Accidente Laboral o Enfermedad Profesional

Cuando la incapacidad es causada por un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, el pago es diferente:

  • Desde el día 1: Se paga el 100% del salario
  • Quien paga: La ARL (Administradora de Riesgos Laborales)
  • Prórrogas: También se pagan al 100% por la ARL

Importante: El empleador debe reportar el accidente a la ARL dentro de las 48 horas siguientes. La ARL es responsable del pago completo de la incapacidad.

¿Qué hacer si no te pagan la incapacidad?

Si tu empleador no tramita o no paga tu incapacidad:

  • Comunícate directamente con tu EPS o ARL con la copia de la incapacidad
  • Presenta una queja ante el Ministerio del Trabajo
  • Conserva todos los documentos: incapacidad original, comprobantes de entrega
  • El no pago de incapacidades es una falta grave del empleador

Nota importante: Esta calculadora es una herramienta orientativa. Los valores pueden variar según tu caso específico. Consulta con tu EPS o ARL para casos particulares.

Referencias Legales

  • Ley 1562 de 2012 (Sistema de Riesgos Laborales)
  • Decreto 1295 de 1994 (Organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales)
  • Ley 776 de 2002 (Prestaciones económicas del Sistema de Riesgos Laborales)
  • Artículo 227 del Código Sustantivo del Trabajo
¡Apoya nuestro trabajo!